viernes, 5 de junio de 2020

Normatividad en Materia de Riesgos Ambientales, de SST y Protección Civil.

1.   Resumen

 

Este ensayo expone la importancia de la normatividad en los sistemas de gestión en materia ambiental, de salud y seguridad en el trabajo y en protección civil. El termino normatividad hace referencia a la agrupación de normas, reglas, leyes; aplicadas a instancias, organización y/o sociedad que realiza una determinada actividad o asunto. (Significados.com, 2020)

En México tenemos normativas para cada uno de los puntos de interés, mismas que son instrumentos jurídicos de carácter obligatorio en la gestión y contienen disposiciones generales, objetivos que establecen reglas, especificaciones, directrices y características aplicables a un producto, proceso o servicio

La normatividad ambiental: regula la explotación de los recursos naturales y la protección del medio ambiente.

La normatividad laboral (SST): vela por la seguridad e higiene de los empleados de una empresa.

La normativa protección civil: Vela por la seguridad de la población ante fenómenos naturales o químico tecnológicos.

De forma general las normativas nos guían, dirigen y ajustan para el comportamiento o realización de una actividad de  forma segura, ya que muchas veces la seguridad no se toma tan en serio como de debería lo que puede acarrear serios problemas al ambiente y a la salud.


 

2.   Introducción

 

Hablaremos un poco de la importancia de la normatividad en los sistemas de gestión de riesgo y su alcance en temas ambientales, de Seguridad y Salud en el trabajo, y en protección civil, tomando en cuenta un poco de la historia de cada uno para tener un contexto de cómo surgió y porque la importancia de cada uno ya que “Aquellos que no recuerdan el pasado están condenados a repetirlo” (Nicolás Ruiz Jorge Agustín), entenderemos como las normativas mexicanas ayudan a minimizar y/o prevenir riesgos y por ende la degradación hacia el ambiente y la salud.

Cabe mencionar que dentro las normativas están constituidas de leyes federales, leyes estatales, leyes municipales, Normas Oficiales mexicanas (NOM), normas mexicanas (NMX), tratados, decretos, que establecen las responsabilidades y sanciones respecto al tema de interés, de igual forma existe tratados y convenios internacionales que sirven como apoyo dentro de la normativa Mexicana.

 

3.   Antecedentes

 

a)    Normativa Ambiental

 

Por décadas la degradación ambiental en México y el mundo fue realizada de una manera inadecuada  y esta se justificaba como el costo que se tenía que pagar para obtener un progreso; incluso se creía que la renovación de los recursos naturales era ilimitada. Pero con el tiempo se observó un deterioro ambiental era progresivo y exponencial, debido a la necesidad de cuidar, preservar y mitigar los problemas ambientales fue que se creó la primera ley de carácter ambiental en México y  fue la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental publicada en 1971, cuya administración estaba a cargo de la Secretaría de Salubridad y Asistencia.

Posterior a esta ley en enero de 1982 se publica la Ley Federal de Protección al Ambiente y cinco años más tarde, el 28 de enero de 1988, se emite a Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en contexto entendemos que la legislación ambiental mexicana es relativamente joven ya que la LGEEPA se publica en 1988 y a partir de esa fecha se ha modificado en concordancia con los cambios en la Ley de la Administración Pública, con las necesidades de ampliar, profundizar y hacer más eficiente las acciones en materia de protección ambiental.

Respecto a las normas ambientales estas surgieron en la década de 1980 y el propósito fundamental era normar el cuidado de los recursos naturales y la salud humana, y las cuales son lo se encargaban de regular permisos, inspecciones y registros.

b)   Normativa Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)

 

En México no existían medidas de seguridad apropiadas para mantener la seguridad y la salud del trabajador  y no fue hasta antes de la revolución mexicana, donde se dieron los primeros intentos  para la toma de medidas para la protección de los trabajadores en México, se tiene registro de que José Vicentena Villada en 1904 impulso la ley de accidentes de trabajo del estado de México que en su momento fue la única existente en el país. (Jorge, Sandoval, et. al, “Breve historia de la salud ocupacional”), la cual imponía a los patrones a indemnizar a los trabajadores que sufrían un accidente de trabajo, en los años siguientes se crearon leyes y normas aisladas para proteger a los trabajadores en general y en algunos casos a los infantes que trabajaban, mismas que solo eran aplicables en ciertos estados de la republica mexica. Todo cambio con la promulgación de la Constitución de 1917 y su Artículo 123.

A nivel internacional podemos decir que el detonante para la SST fue durante la revolución industrial y fue Bernardino Ramazzini el fundador de la medicina del trabajo. Sus estudios de las enfermedades profesionales y el desarrollo de medidas de protección para los trabajadores alentaron el inicio de la seguridad industrial, y de las leyes de accidentes de trabajo. En 1700 escribió el primer libro importante sobre enfermedades profesionales e higiene industrial y desde que se publicó no ha dejado de ser traducida a varios idiomas y editada. (Febrer, 2012)

 

c)    Normativa Protección Civil

 

En México no teníamos bases para el establecimiento del sistema nacional de protección civil y fue en el años de 1985 con los sismos del 19 y 20 de septiembre que  se establecieron esas bases para la prevención y autoprotección de la población,  fue este desastre el punto de partida para el surgimiento del concepto de protección civil en México pero fue hasta 1996 cuando se publicó en el DOF la ley de protección civil para el distrito federal.

A nivel internacional la protección civil nace el 12 de agosto de 1949 en el protocolo 2 adicional al tratado de Ginebra[1] “protección a las víctimas de los conflictos armados internacionales”.

Pero el pionero en la gestión de protección civil fue Carvalho e Mello esto después del terremoto de Lisboa[2] ya que tomo la iniciativa de lo que es la cuestión del riesgo ya que identifico, analizo y respondió de manera oportuna al suceso gestionado la protección civil.

 

4.   Desarrollo

 

a)    Normativa Ambiental

 

Las acciones del hombre sobre el medio ambiente siempre provocaran efectos colaterales sobre este por eso el objetivo de la normativa ambiental está destinado a ordenar, regular y dirigir sus actos al cuidado de ambiente y el marco normativo[3] que regula la materia ambiental en México son:

La constitución política de los estados unidos mexicanos, leyes federales, municipales y estatales (ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente, ley de aguas nacionales, ley de desarrollo forestal sustentable); reglamentos, Normas oficiales Mexicanas (NOM), las normas mexicanas (NMX), decretos y acuerdos, que establecen las responsabilidades y sanciones respecto al cuidado del ambiente. (GlobalSTD, 2020)

Es importante decir que la ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente (LGEEPA[4]) es reglamentaria de las disposiciones constitucionales relativas a la preservación y restauración del ambiente, esta contiene disposiciones de orden público e interés social que tiene por objetivo propiciar el desarrollo sustentable y va de la mano con otras leyes, hablar individual  mente de las leyes y sus decretos, así como las normas oficiales mexicanas (NOM) relacionadas al ambientales sería un contexto largo, pero se puede puntualizar las leyes ambientales e identificar la clasificación de la NOM. 

Las principales leyes ambientales vigentes en México son: 

1.    Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (instrumentos de política ambiental).

2.    Ley de Aguas Nacionales.

3.    Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

4.    Ley General de Vida Silvestre. 

5.    Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

6.    Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos. 

7.    Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados. 

8.    Ley de Productos Orgánicos.

9.    Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

10.  Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.

En el ámbito de normas oficiales mexicanas es la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT[5]) que expide las NOM del Sector Ambiental con el fin de establecer las características y especificaciones, criterios y procedimientos, que permitan proteger y promover el mejoramiento del medio ambiente y los ecosistemas, así como la preservación de los recursos naturales, las NOM vigentes del Sector Ambiental se clasificaron en las siguientes materias: Agua, Contaminación por Ruido, Emisiones de Fuentes Fijas, Emisiones de Fuentes Móviles, Impacto Ambiental, Lodos y Biosólidos, Medición de Concentraciones, Metodologías, Protección de Flora y Fauna, Residuos y Suelos. (SEMARNAT, 2020).

En otro orden de ideas, ante la devastación del hombre sobre su entorno es necesario regular la responsabilidad por daños ecológicos y establecer las sanciones correspondientes ante el incumplimiento de la ley ambiental, para mantener el ambiente para las futuras generaciones, es por ello que existen las leyes y normas que protegen al ambiente como ya se ha mencionada anteriormente, pero igual existen tratados internacionales en materia ambiental como:

·         Protocolo de Kioto sobre el Cambio Climático.[6]

·         Convenio de Estocolmo, Convenio sobre Diversidad Biológica.[7]

·         Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan el Ozono.[8]

Dichas normativas (Leyes, Normas, Decretos, Convenios), tiene un enfoque de colaboración y persuasión, en el contexto actual el alcance de la normativa ambiental se entiende como un proceso de prevención, mitigación y restauración de los impactos ambientales, permitiendo presentar alternativas que cumplan los objetivos propuestos y maximizando los beneficios y disminuyendo los impactos, de igual forma sancionando los daños y/o perdidas injustificadas.

Por otro lado el alcance de la gestion ambienta en el centro de trabajo se puede hacer con la norma ISO 14001:2015 que garantiza un eficaz funcionamiento de la gestión ambiental, esta norma ISO 14001:2015 tiene puntos a considerar como son:

·         Los problemas tanto a nivel externo como a nivel interno considerados en el “Contexto de la organización”.

·         Factores de cumplimiento.

·         Las unidades de la organización, las funciones y los propios límites físicos.

·         Actividades, productos y servicios. a  evaluar el impacto que tiene en el ámbito organizacional y lograr así un eficaz SGA.

·         Autoría, capacidad de control que tendrá el SGA sobre sus componentes así como la influencia que ejerce sobre ciertos factores externos.

 

b)   Normativa Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)

 

La Normativa en Materia de Seguridad y Salud ocupacional en el Trabajo es uno de los campos de estudio de la armonización entre los que se encuentran las condiciones de trabajo, la implicación de los trabajadores y la protección social. (Wikipedia, 2020)

La seguridad y salud en el trabajo es uno de los aspectos más importantes de la actividad laboral, ya que un trabajo sin las medidas de seguridad apropiadas puede acarrear serios problemas para la salud en México la SST se encuentra regulada por la Constitución Política de los estados unido mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, así como por las normas oficiales mexicanas de la materia, entre otros ordenamientos, que determinan las condiciones mínimas necesarias para la seguridad del trabajador.

Pero es la Constitución política de los Estados Unidos de México, que se ratificó en 1917 y cuya última versión data del 2014, constituye la norma suprema del país. La Constitución de los Estados Unidos de México recoge preceptos relacionados con la Seguridad y Salud de los trabajadores, destacando los siguientes (ceoe, 2020):

1.    Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

2.    Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo.

3.    Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; la empresa deberá pagar la indemnización correspondiente, según haya traído como consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen. Esta responsabilidad subsistirá aún en el caso de que el empresario contrate el trabajo por un intermediario.

4.    El empresario estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizarlo de tal manera, que garantice la salud y la vida de los trabajadores, así como de las mujeres embarazadas y sus nonatos. Las leyes contendrán, al efecto, las sanciones procedentes en cada caso.

Respecto a las normas oficiales mexicana en la actualidad, se encuentran vigentes 41 Normas Oficiales Mexicanas[9] en materia de Seguridad y Salud en el trabajo, dichas normas se agrupan en cinco categorías: de seguridad, de salud, organización, específicas y de producto.

En la SST no solo se incluyen las obligaciones y derechos de los trabajadores sino que igual incluyen obligaciones y derechos del patrón, como se estipula en el artículo 7 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo[10].

Podemos mencionar de igual forma que existen organizaciones y normas internacionales para salvaguardar la integridad de los trabajadores estos son:

                                                                  

·         La organización Internacional del trabajo (OIT); donde se toman convenios de mejora internacionales.

·         La norma OHSAS 18001[11]; para la gestión de las seguridad y salud laboral en organizaciones.

El alcance general de la normatividad de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), es garantizar el bienestar de los trabajadores y las obligaciones que tienes los patrones sin importar en tipo de empresa.

Los alcances en el centro de trabajo lo podemos identificar con la norma OHSAS 18001 la cual se puede aplicar a cualquier centro de trabajo y tiene un alcance importante al buscar y eliminar o minimizar los riesgos de trabajo e identificar oportunamente los peligros, así como identificar oportunamente las obligaciones del patrón, es muy importante dejar claro que los alcances están definidas por las actividades de la empresa.


 

 

c)    Normativa en protección civil

 

La organización y funcionamiento del Sistema de Protección Civil se fundamenta en los principios de colaboración, cooperación, coordinación, solidaridad interterritorial, subsidiariedad, eficiencia, participación, inclusión y accesibilidad universal de las personas. (Juntaex, 2020)

En México existe una ley general de protección civil[12] y leyes  de protección civil por entidad, normas oficiales mexicanas[13], así como un manual de organización y operación del sistema nacional de protección civil, de igual forma los inmuebles deben contar con un plan interno de protección civil.

La ley general de protección civil nos habla de las disposiciones generales, del sistema nacional, del consejo nacional, de los grupos de voluntarios, del programa nacional, de las declaratorias de emergencia y de desastres y de las medidas de seguridad.

El objetivo último y primordial de la Protección Civil es proteger a las personas, los bienes y el medio ambiente, garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes, dentro de las tareas del organismo de protección civil tenemos:

1. Servicio de alarma,

2. Evacuación,

3. Habilitación y organización de refugios, 

4. Aplicación de medidas de oscurecimiento,

5. Salvamento,

6. Servicios sanitarios, incluidos los de primeros auxilios, y asistencia religiosa;

7. Lucha contra incendios;

8. Detección y señalamiento de zonas peligrosas;

9. Descontaminación y medidas similares de protección;

10. Provisión de alojamiento y abastecimientos de urgencia;

11. Ayuda en caso de urgencia para el restablecimiento y el mantenimiento del orden en zonas damnificadas;

12. Medidas de urgencia para el restablecimiento de los servicios públicos indispensables;

13. Servicios funerarios de urgencia;

14. Asistencia para la preservación de los bienes esenciales para la supervivencia;

15. Actividades complementarias necesarias para el desempeño de una cualquiera de las tareas mencionadas, incluyendo entre otras cosas la planificación y la organización.

16. Captura y combate de animales peligrosos.

Es por eso que a través del Sistema Nacional de Protección Civil se integra la actividad de Protección Civil de todas las Administraciones Públicas y privadas respetando las esferas competenciales delimitadas en la normativa legal.


 

 

5.   Conclusión

 

Hablar de Normatividad dígase ambiental, SST y protección civil es entender que hay una serie de medidas que nos permitirán conocer y dimensionar todos los elementos relacionados con las obligaciones, acciones, riesgos que podemos tener al momento de desarrollar una actividad de igual forma hacen mención a las infracciones a las que podemos ser acreedores si no llevamos una buena normatividad.

Dicho esto entonces podemos entender  que la normatividad de un programa de gestión de riesgo requiere la participación de gente calificada para poder llevar acabo el trabajo, mediante la organización y coordinación en por eso que las políticas de gestión ambiental, seguridad y salud en el trabajo y de protección civil deben contener todos los elementos que involucren todas las normas, requisitos y responsabilidades para garantizar la salud y el cuidado del medio ambiente, buscando la mejora continua, ya que son procesos con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos.


 

6.   Bibliografía

 

ceoe. (03 de 06 de 2020). Prevención de Riesgos Laborales. Obtenido de Prevención de Riesgos Laborales: https://prl.ceoe.es/informacion/prl-en-el-mundo/mexico/

Febrer, J. L. (12 de Febrero de 2012). Medicina, Historia y Sociedad. Obtenido de https://historiadelamedicina.wordpress.com/2011/02/12/bernardino-ramazzini-1633-1714/

GlobalSTD. (02 de 06 de 2020). www.globalstd.com. Obtenido de LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN MÉXICO: https://www.globalstd.com/blog/legislacion-ambiental-en-mexico/#:~:text=Las%20leyes%20que%20conforman%20la,Prevenci%C3%B3n%20y%20Gesti%C3%B3n%20Integral%20de

Juntaex. (03 de 06 de 2020). Introducción a la Protección Civil. Obtenido de Introducción a la Protección Civil: http://www.juntaex.es/ddgg004/introduccion-a-la-proteccion-civil

Secretaria de Gobernación. (2017). Seguridad y Salud en el trabajo en México: Avances, retos y desafios. En S. d. gobernacion, Seguridad y Salud en el trabajo en México: Avances, retos y desafios. (pág. 28). México: Gobierno de la República.

SEMARNAT. (02 de 06 de 2020). http://www.semarnat.gob.mx/. Obtenido de SEMARNAT: http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/biblioteca/nom.html

Significados.com. (2 de Junio de 2020). Normatividad. Obtenido de Significado de Normatividad: https://www.significados.com/normatividad/#:~:text=La%20normatividad%20es%20un%20conjunto,u%20organizaci%C3%B3n%20privada%20o%20estatal.

Wikipedia. (02 de 06 de 2020). wikipedia.org. Obtenido de Normativa de seguridad y salud en el trabajo: https://es.wikipedia.org/wiki/Normativa_de_seguridad_y_salud_en_el_trabajo#:~:text=La%20Normativa%20en%20Materia%20de,trabajadores%20y%20la%20protecci%C3%B3n%20social.

 



[1] Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales son la piedra angular del derecho internacional humanitario.

[2] El terremoto de Lisboa de 1755, también llamado Gran Terremoto de Lisboa, tuvo lugar entre las 09:30 y las 09:40 horas del 1 de noviembre de 1755,

[4] https://www.gob.mx/semarnat/articulos/la-lgeepa-eje-rector-del-sistema-juridico-ambiental-de-mexico?idiom=es

[6] Es un acuerdo internacional en el que los países firmantes aceptaron reducir las emisiones de gases contaminantes en el periodo comprendido entre 2008 y 20012 en torno a un 5% con respecto a los niveles de 1990.

[7] Tiene como objeto proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes (COP).

[8] Convenio para la protección de la capa de ozono mediante la reducción en la producción de numerosas sustancias relacionadas con el deterioro de la capa de ozono.

[10] http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n152.pdf

[11] Esta norma se deriva de la BS 8800, desarrollada en BSI en 1996.

[12] http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/L120500.html


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