viernes, 3 de julio de 2020

¿Cuál Es La Estructura Jurídica En Materia De Gestión De Riesgos De Desastre?

La Gestión Integral del Riesgo de Desastre (GIRD) es un proceso complejo sistemático conformado por una serie de decisiones, acciones y actividades, coordinadas entre los diferentes sectores institucionales y sociales, para conocer y transformar las necesidades y debilidades expresadas en las diferentes vertientes de la vulnerabilidad y exposición, en respuestas puntuales y soluciones colectivas, cuyo objetivo principal sea la destrucción del riesgo.

En México es el sistema de nacional protección civil (SINAPROC), es la que se encarga de la gestión de riesgo de desastres, este sistema se creó en mayo de 1986 con la finalidad de establecer un sistema que permitiera a las autoridades y a la sociedad civil coordinarse de una manera eficiente y rápida en caso de un desastre.

¿Pero que es la Protección Civil? La LGPC la define como: “el conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la prevención, auxilio y recuperación de la población ante la eventualidad de un desastre”.

Entendido lo anterior podemos hablar de marco jurídico de la gestión de riesgo de desastre en México, este marco está regido por:

·         La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual contempla en su sección tercera, articulo 73 que el congreso tiene la facultad para expedir leyes que establezcan las bases sobre las cuales la federación, los estados y municipio, coordinaran sus acciones en materia de protección civil.

 

·         La Ley General de Protección Civil (LGPC), al ser de carácter general implica que fue decretada por el congreso de los estados unidos mexicanos, en su artículo 1 señala que es de orden público e interés social y tiene por objeto establecer la bases de coordinación entre los tres órdenes de gobierno en materia de protección civil, al igual que los sectores privados y sociales, y cuya función principal es la de coordinar es Sistema Nacional de Protección Civil.

 

§  La LGPC tiene su propio reglamento en el cual incluye las  Normas Oficiales Mexicanas en materia de protección civil para la correcta ejecución de la ley.

 

·         La ley del sistema estatal de protección civil.

·         La ley de sistema municipal de protección civil.

·         Reglas generales del Fondo de Desastres Naturales, este es un instrumento interinstitucional que tiene por objeto autorizar recursos para mitigar los efectos que produzcan los fenómenos naturales perturbadores en la infraestructura de los sectores de competencia federal, o de competencia de las entidades federativas, municipios.

·         Programas internos de protección civil, que es el instrumento de planeación que se circunscribe al ámbito de una dependencia, perteneciente a los sectores público, privado y social 

Cabe aclara que las leyes federales, Estatales o Municipales y programas internos en materia de protección civil tienen como objeto salvaguardar la vida de las personas, sus vienes y entornos, pero cada una puede estar más alineada que otra en materia operativa o  materia normativa como es el marco de SENDAI que establece las acciones para la reducción del riesgo.

Entonces entendiendo la estructura Jurídica en materia de gestión de riesgos de desastre podemos decir de forma general que el Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC) se encuentra integrado por los tres niveles de gobierno, así como instituciones privadas y voluntariados, su objetivo es proteger a la personas, a la sociedad y su entorno ante la eventualidad de los riesgos y peligros que presentan los agente perturbadores, hay que hacer mención que  el SINAPROC tiene como apoyo técnico al Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED), que realiza actividades de investigación, capacitación, instrumentación y difusión acerca de fenómenos naturales y antropogénico que pueden originar situaciones de desastre, así como acciones para reducir y mitigar los efectos negativos de tales fenómenos, para coadyuvar a una mejor preparación de la población para enfrentarlos.

 

Conclusión

Podemos decir que en México el enfoque de la Gestión Inte­gral del Riesgo de Desastres, está limitado por lo propuesto en la Ley General de Protección Civil, de igual forma es importante homogeneizar las leyes tanto Estatales y Municipales para tener un mismo enfoque operativo y normativo en la gestión del riesgo, pero siempre teniendo en cuenta que la protección civil es tarea de todos.


 

Bibliografía

Gobierno de México. (03 de Julio de 2020). CENAPRED. Obtenido de https://datos.gob.mx/busca/organization/about/cenapred

Gobierno de México. (03 de Julio de 2020). Reglamento de la Ley General de Protección Civil. Obtenido de https://www.gob.mx/sep/documentos/reglamento-de-la-ley-general-de-proteccion-civil

Pedroza., M. (03 de Julio de 2020). https://www.youtube.com/. Obtenido de https://www.youtube.com/watch?v=oa2BOZ2XSp4

United Nations. (2015). Marco de Sendai para la Reduccion del Riesgo de Desastre 2015-2030. Ginebra, Suiza.: ICLUX ES, 1a Edición.

 

 


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