domingo, 20 de junio de 2021

Principios Jurídicos Que Sustentan La Inspección En Materia De Seguridad Y Salud En El Trabajo.

 La inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo es de importancia para la protección de los trabajadores, pues un adecuado sistema de inspección que funcione adecuadamente resulta importante para garantizar el cumplimiento efectivo de la legislación laboral, pero sin perder el enfoque que igual el trabajo es un derecho y no un deber social, pues es un valor por el cual a través de una actividad se aseguran viene y servicios, sin los cuales no sería posible subsistir.

La seguridad y la salud en el trabajo es un tema de interés que se ha presentado en las diferentes etapas del desarrollo histórico de la sociedad, por lo que la formalización de sus métodos y fines, así como su cuerpo teórico, son el resultado de la producción investigativa de profesionales de diferentes especialidades.

Por otro lado para poder tomar decisiones sobre seguridad y salud en el trabajo , es necesario conocer las leyes, y el principio jurídico que sustenta la seguridad y salud en el trabajo, parte en la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, la cual en su Artículo 123 establece que “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley”, de igual forma contamos con la Ley Federal del Trabajo, la cual estable las obligaciones tanto de los trabajadores como de los patrones, contamos con el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, Este Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que deberán observarse en los Centros de Trabajo, a efecto de contar con las condiciones que permitan prevenir Riesgos y, de esta manera, garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud, con base en lo que señala la Ley Federal del Trabajo, contamos con el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones, que tiene por objeto reglamentar la Ley Federal del Trabajo, en relación con el procedimiento para promover y vigilar el cumplimiento de la legislación laboral y la aplicación de sanciones por violaciones a la misma en los centros de trabajo, el Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo, el cual contiene los Requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas, y de igual forma contamos con Normas Oficiales Mexicanas que son el instrumento por el cual se regulan productos, procesos y servicios ofrecidos por el sector público y privado, y son regulaciones técnicas de carácter obligatorio que establecen especificaciones y procedimientos.

Es por lo anterior que existen las inspecciones laborales que es una herramienta basada en un proceso de análisis (visual/administrativo) que busca verificar que las actividades se ejecuten de manera saludable y segura, acorde con los procedimientos, leyes, Normas, estándares y políticas, e identifiquen la mejora dentro de los procesos o espacios laborales, por el bien y protección de los trabajadores y la organización, de igual forma las inspecciones permite verificar la implementación de las medidas de control programadas, a través de la Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y determinación de Controles (IPERC) o producto de la investigación de accidentes de trabajo, y de este modo evaluar su cumplimiento.

Dentro de las inspecciones de seguridad y salud en el trabajo tenemos que pueden ser Programadas e Imprevista.

Programadas.- Cuya fecha de ejecución es de conocimiento tanto de la persona que realizará la inspección, como del responsable o encargado del área que será inspeccionada. La planificación se realiza en el programa anual de inspecciones, donde se definen: áreas a inspeccionar, frecuencia de inspección, responsables y fechas.

 

Imprevista.- Son inspecciones no avisadas, cuya fecha de ejecución es de conocimiento sólo por parte de la persona que realizará la inspección.

 

La realización de la inspecciones de seguridad y salud en el trabajo la realiza un inspector que cuente con conocimientos respecto a la identificación de peligros o desempeñe alguna actividad vinculada a la seguridad y salud en el trabajo, sin embargo por parte de la empresa Cada organización define de acuerdo a sus características, quienes realizarán las Inspecciones de SST; debiéndose buscar el involucramiento de nivel de mando.

 

Los pasos para una inspección deben ser mínimo los siguientes:

 

Programación: Realizar un listado de las áreas objeto de inspección, luego definir la frecuencia de inspección en cada una de estas áreas y quiénes serán los responsables de la ejecución de estas inspecciones (Jefes, Comité o Supervisor de SST, entre otros).

 

Planificación: Coordina con el responsable del área a inspeccionar, de modo que acompañe durante la ejecución de la inspección o designe a algún representante, Solicita y revisa la información relacionada a SST del área a inspeccionar, como la identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y determinación de Controles (IPERC) y los procedimientos de trabajo seguro.

 

Ejecución: Compara los procedimientos de trabajo seguro con la actividad realizada, verificar el IPRCE, Verificar que el personal cuente con su EPP.

 

Informe: Realizar un resumen de lo realizado, tomando en cuenta todo lo observado que requiera mejorar y puntos de mejora, incluyendo conductas inseguras, plantear un plan de acciones para subsanar los puntos observados, estas acciones se plantean en coordinación con los responsables del área.

Seguimiento: Realiza el seguimiento de la implementación de las correcciones y acciones correctivas propuestas.

 

Bibliografía

CEPRIT. (2013). Boletin Informativo . EsSalud, 1-3.

Gonzalez Lara, A. (1995). Manual para la prevencion de riesgos laborales en las oficinas. Madrid: Fundación Confemetel.

Normasiso. (02 de 12 de 2020). https://www.normasiso.net. Obtenido de https://www.normasiso.net/ohsas-180012015-pdf/

Organización Internacional del Trabajo. (16 de Junio de 2020). Seguridad y salud en el trabajo. Obtenido de https://www.ilo.org/global/standards/subjects-covered-by-international-labour-standards/occupational-safety-and-health/lang--es/index.htm

Organziacion Internacional del Trabajo. (02 de 12 de 2020). Obtenido de http://www.exteriores.gob.es/RepresentacionesPermanentes/OficinadelasNacionesUnidas/es/quees2/Paginas/Organismos%20Especializados/OIT.aspx

Secretaria de Trabajo y Prevension Social. (12 de 11 de 2020). Autogestión en seguridad y salud en el trabajo. Obtenido de http://asinom.stps.gob.mx:8145/Centro/CentroMarcoNormativo.aspx

Secretaria del Trabajo y Prevensión Social. (13 de 11 de 2020). Vigilancia del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo. Mexico, Mexico.

SEGISO, Seguridad Integral Soluciones. (12 de 11 de 2020). Taller de Investigación de Accidentes. Quintana Roo., Mexico.

STPS. (04 de 06 de 2020). STPS.GOB.MX. Obtenido de http://asinom.stps.gob.mx:8145/Centro/CentroMarcoNormativo.aspx

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario